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El apellido paterno seguirá siendo preferente al menos un año más

ISABEL F. LANTIGUA
Los recién nacidos seguirán llevando por defecto el apellido paterno en primer lugar si no se especifica lo contrario. Y será así, al menos, hasta el 30 de junio de 2018, ya que el Senado ha aprobado la enmienda que establece una prórroga (vacatio legis) para la entrada en vigor de la Ley 20/2011 del Registro Civil, que incluye en su articulado el asunto de los apellidos.
Aunque se anunció que a partir de este mes de julio las parejas deberían ponerse de acuerdo y concretar qué apellido querían que su hijo llevara primero porque, de no hacerlo, sería el funcionario del Registro Civil el que decidiría el orden en un plazo de tres días, esta medida tendrá que esperar. "No va a entrar en vigor porque no hay dinero para llevar a cabo la reforma. Lo de los apellidos es sólo una cosa, pero la ley incluye otros cambios más complicados", explica a ELMUNDO Dolores Suárez, del Registro Civil de Carreño (Candás, Asturias).
La enmienda presentada por el Partido Popular pedía que se pospusiera la aplicación de la Ley -cuyo artículo 49 modifica el trámite de los apellidos- dos años, hasta el verano del 2019, bajo la justificación de que "se necesita un mayor periodo para implementar el sistema organizativo y tecnológico". Finalmente se ha acordado una prórroga de un año. Y ya es la tercera vez que se pospone la entrada en vigor de esta ley.
En esta situación, las parejas que estén ahora discutiendo en qué orden colocar los apellidos de su hijo -y que serán los que mantenga el resto de la descendencia-deben saber que, si no mandan una solicitud al juez y firman una declaración de mutuo acuerdo para que prime el de la madre, será el del padre el que se coloque primero por defecto, como ocurre desde el año 2000. "La nueva Ley lo quepretende es eliminar la opción por defecto y hacerlo más igualitario. Además se agilizará el trámite, aunque aún no está aún definido cómo", expresa Inmaculada Ruz, abogada de derecho matrimonial y de familia del Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB). "No existe, en este precepto regla general que beneficie o prime una línea sobre otra, como hasta ahora venía ocurriendo con la paterna", destaca la funcionaria.
Ruz aprovecha para criticar la tardanza en aplicar la Ley. "Es la tercera vez que sucede, porque no se ha dotado de los medios suficientes. Da una imagen muy mala esto". Y añade la letrada que "pasa también con reglamentos europeos a los que España se ha adherido y luego llega tarde a su aplicación".
Según el artículo 49, en caso de desacuerdo entre los progenitores, "el encargado del Registro acordará el orden de los apellidos atendiendo al interés superior del menor". ¿Cómo se traduce esto? Lo explican a este periódico desde el Ministerio de Justicia: "se atenderán a factores como la combinación con el nombre propio(evitando malsonancias) o el carácter común o no del apellido. También se podrá acudir a sorteo o aplicar el criterio alfabético".
No obstante, Dolores Suárez cree que en la práctica, "en algunos casos de desacuerdo igual tenemos que decidir tirando una moneda al aire, habrá que verlo". Para esta funcionaria de Carreño, "la Ley implica muchos cambios que van a afectar a todos los trámites ciudadanos. Es algo muy serio que se está tomando un poco a la ligera. Pero de momento nos quedamos igual porque no hay dinero".
Por su parte, Ruz considera que "el tema de los apellidos puede generar discusión en parejas que ahora no se plantean la opción de cambiar el orden de los apellidos pero que a partir de junio de 2018 sí tendrán que pensarlo obligatoriamente".
EL MUNDO, Miércoles 7 de junio de 2017

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