BORJA ADSUARA VARELA
Estamos en el mes de mayo, que es el mes de las primeras comuniones, y
todas las familias católicas que tienen hijos en 4º de Primaria (de
9-10 años) se preguntan qué regalarles a sus hijos en tan señalado
acontecimiento.
Antes, hace mucho (como se puede ver estos días, en una campaña publicitaria de unos grandes almacenes), el regalo rey
de la primera comunión era la bicicleta. Seguro que todos tenemos, en
nuestros álbumes de fotos, alguna de un niño o de una niña, de unos 7
años (porque antes se hacía a esa edad), vestidos de primera comunión y
pletóricos de contento con una flamante bici nueva al lado.
Ahora, si hiciéramos una rápida encuesta entre esos niños que están
“en capilla”, terminando su catequesis y muy emocionados (no tanto por
el acto religioso, sino sobre todo por el evento social y los regalos
que conlleva), seguramente ganaría por goleada el móvil. Y, ante la
presión de los niños y las ganas de complacerles, el debate no es si
regalárselo o no, sino quién se lo regala y cuál le conviene más.
Y este debate no sólo afecta a las familias católicas, sino que se
extiende a todas. Porque, con independencia de que haya primeras
comuniones por medio, el efecto mimético se impone y ningún niño o niña
quiere dejar de tener un móvil, si ve que “todos sus amigos y amigas lo
tienen”, que es el típico argumento que utilizan para ejercer una
presión -literalmente insoportable- ante sus sufridos progenitores.
Muchos expertos recomiendan no dar a los hijos un móvil inteligente
(con acceso a Internet) hasta los 14 años. Pero me parece que ésa no es
una postura realista. Otros hemos logrado aguantar hasta los 12 años,
con ocasión del paso de Primaria a Secundaria, como si se tratara de un
rito iniciático a la pubertad. Pero es cierto que el deseo y la presión
de los hijos para tenerlo se adelanta cada vez más.
¿Debe tener móvil un niño de 10 años? Depende. Me atrevería a decir
que, en general, no. Pero siempre habrá un padre o madre que diga que es
necesario, para poder avisarle o tenerle localizado ante cualquier
incidencia familiar, en un mundo en el que la conciliación es poco menos
que un ejercicio de malabarismo. No obstante, la excepción confirmaría
la regla de que, en principio, un niño de 10 años no necesita un móvil.
Y no necesita un móvil, precisamente, porque no tiene un problema de
movilidad. Es decir, un niño o niña de 10 años suele estar en casa o en
el colegio, o en casa de algún amigo o en el patio de casa o en un
parque cercano. No necesita estar permanentemente localizable, porque
está permanentemente localizado. Y puede utilizar otros dispositivos
digitales para jugar (tableta, consola u ordenador).
Por lo tanto, la pregunta no es si un niño de 10 años debe
tener un móvil, sino a qué servicios puede acceder desde el móvil
(básicamente, aplicaciones de redes sociales y mensajería, como Whatsapp
y Snapchat, que es por lo que lo quieren) y si están preparados para
ellas o si pueden resultar perjudiciales para sus estudios y para su
desarrollo personal.
Los riesgos
No se trata de ser alarmistas, sino de informar sobre los riesgos que
existen para los menores en las redes sociales y que de vez en cuando
aparecen en las noticias; como la que recientemente nos sobresaltaba de
que en Reino Unido hay niños de apenas siete años que ya utilizan las redes sociales para hacer sexting (compartir mensajes, fotografías e, incluso, vídeos de contenido sexual).
Pero no hay que irse tan lejos. Basta con hacer una búsqueda en el buscador
de elpais.com (la lupa de la esquina derecha) introduciendo las
palabras “internet” y “menores” para darse cuenta de los riesgos. El
mayor de todos ellos, en gravedad y número de noticias, es el llamado grooming o sextorsión que cometen algunos adultos haciéndose pasar por chicos de su edad para luego coaccionarles.
Más frecuente, desgraciadamente, entre los menores de edad, es el ciberacoso,
en el que las burlas, insultos y amenazas de unos menores a otros ya no
se limitan al colegio y al horario escolar, sino que se extienden a las
redes sociales durante todo el día. Los padres temen que su hijo pueda
ser una víctima, pero pocos piensan en que, a lo peor, su hijo puede ser
un ciberacosador.
Por otra parte, hay un riesgo que no tiene que ver con ser víctima de
un delito, sino con su desarrollo personal (físico y psicológico,
individual y social) y es la excesiva dependencia del móvil, que puede
terminar en un trastorno grave o adicción, pero que mucho antes ya
resulta preocupante, porque denota una falta de autocontrol y
auto-organización del tiempo y de las tareas que debe hacer, de estudio y
de ocio.
En este sentido, también ha sido muy impactante una reciente campaña
en EE UU, en la que se dice que “los niños pasan menos tiempo al aire
libre que los presos”, consumiendo la mayor parte de su ocio pegados a
una o varias pantallas.
Catecismo digital
Desde el punto de vista legal, el Reglamento de Protección de Datos dice (art. 13)
que el tratamiento de datos de los menores de 14 años requiere el
consentimiento de sus padres, pero la realidad es que son pocas las
redes sociales y los servicios de mensajería que verifican la edad de
sus usuarios y son pocos, también hay que decirlo, los padres que se
preocupan por lo que hacen sus hijos con los móviles.
Por eso, antes de regalarle un móvil a un niño o una niña de 10 años
por su primera comunión, convendría hacer una especie de preparación o
de “catequesis digital” o negociar con ellos un contrato o unos “Términos y Condiciones de Uso”, como el acuerdo que propone la @policia por un buen uso del móvil, tablet y ordenador, o las reglas que una madre estadounidense redactó y se hicieron virales en internet.
Ese Manual del Usuario o “Catecismo Digital” no sería de aspectos
tecnológicos, pues para ese fin ya están las instrucciones del
fabricante del móvil y, sobre todo, el uso intuitivo de los llamados
“nativos digitales”. Se referirá más bien a cómo usar el móvil, con
respeto a uno mismo (la intimidad personal y familiar) y a los demás
(compañeros y profesores) y a cuándo usarlo (fomentando el autocontrol).
Control parental
Por supuesto, ahí no acaba la cosa, sino que empieza; porque habrá
que hacer un seguimiento del cumplimiento del contrato o acuerdo, o de
las reglas o los términos y condiciones de uso del móvil, y aplicar las
consecuencias que se hayan previsto para los incumplimientos, que los
habrá. Todo ello en ejercicio del derecho y deber de la patria potestad
sobre los menores, que también se extiende al entorno digital.
Porque, en efecto, según el Código Civil (art. 154),
los hijos no emancipados están bajo la patria potestad de sus
progenitores, que la ejercerán siempre en interés de aquéllos, con
respeto a sus derechos (incluida su privacidad) y a su integridad física
y mental; y que comprende los deberes y facultades de: “velar por
ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles
una formación integral”…
Mucho se ha escrito sobre la dificultad que tienen los padres de
velar por sus hijos en internet, respetando al mismo tiempo su
progresivo derecho a la intimidad, pero una reciente sentencia del Tribunal Supremo,
afirma que no puede el ordenamiento hacer descansar en los padres unas
obligaciones de velar por sus hijos menores y, al mismo tiempo,
desposeerles de toda capacidad de control.
Ahora bien, ello no autoriza a los padres a monitorizar o espiar, sin
el conocimiento y consentimiento de sus hijos, toda su actividad
digital, instalando aplicaciones de “control parental” muy intrusivas,
que, además, desde el punto de vista educativo no fomentan su
autocontrol y responsabilidad. El mejor control parental no es el
tecnológico, sino la educación, la confianza y la comunicación desde
pequeños.
Borja Adsuara Varela es profesor y abogado, experto en derecho y estrategia digital. Ha sido director general para el Desarrollo de la Sociedad de la Información y de Red.es.
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